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DIFUSIÓN

¡¡¡CUIDADO!!!
SI SIGUES LEYENDO PUEDE QUE NO HAYA CAMINO DE REGRESO.

La cibertortura no nació en España, México, Bélgica, …

Creador: UN Photo/Eskinder Debebe

El concepto de Cibertortura fue tallado por el Relator especial sobre la tortura de las Naciones Unidades, Sr. Nils Melzer (Suiza), 2016 - 2022, en su Informe del 20 de marzo de 2020 para la Asamblea General de las Naciones Unidas, dentro del Consejo de Derechos Humanos, 43ª periodos de sesiones, como Tema 3 de la agenda. Puede encontrarse dentro de su índice, enmarcado en el apartado III. Tortura psicológica, donde le asignó el último apartado E. Cibertortura, al que dedicó de las páginas 19 a la 21.

Este fue el comienzo oficial del término cibertortura en el planeta.

Dentro del mismo añadió, en un solo párrafo: “82. Recomendaciones específicas. Más concretamente, en lo que respecta a la noción de “tortura psicológica”, el Relator Especial recomienda que los Estados adopten, incorporen y apliquen las siguientes definiciones, interpretaciones y entendimientos en

  • todos sus marcos normativos,
  • institucionales y
  • de política nacionales

en particular en lo que respecta a la capacitación e instrucción del

  • personal médico,
  • judicial,
  • administrativo,
  • militar y
  • de las fuerzas del orden.”

Lamentablemente no se ha formado en absoluto a la policía de España, ni a la de Colombia, ni a la de México, ni a la de Bélgica o la de Holanda. Por extraño que parezca no existe ningún caso documentado hasta la fecha de un cuerpo de policía que haya respondido positivamente ante una denuncia contra las armas de energía dirigida disparadas disparadas a la población civil, cada día de forma incesante.

Es cierto, se está refiriendo a la tortura psicológica. Suficiente para que todos se laven las manos. Pero leyendo el documento en profundidad, añade:

  • “22. [..] Por consiguiente, desde una perspectiva psicofisiológica, la distinción entre la tortura “física” y “psicológica” es predominantemente conceptual, analítica y pedagógica y no indica la existencia paralela, en la práctica, de dos dimensiones distintas y mutuamente excluyentes de la tortura, ni de ninguna jerarquía de gravedad entre la tortura “física” y la tortura “psicológica”
  • “23. [..] Por consiguiente, la distinción entre tortura “física” y “psicológica” no lleva implícita ninguna diferencia en los motivos funcionales, sino que se refiere a la vía metodológica por la que el torturador lleva a la práctica esos motivos.”
  • “3. Distinción entre la tortura psicológica y la tortura física “sin marcas” y “sin contacto”.
  • “26. [..] No obstante, si las técnicas “sin contacto” infligen dolores o sufrimientos físicos graves de cualquier tipo, deberían considerarse tortura física.”

Equipara la tortura física a la tortura psicológica. No entiendo porqué no habla de una tortura integral. La cibertortura es muy difícil de demostrar. Pero lo cierto es que fue testigo presencial (Armand Assante, Targeted Individual) y este documento es una muestra de ello.

Este documento ya definió la Cibertortura como el empleo de diversas formas de tecnología de la información y las comunicaciones (“cibertecnología”) con fines de tortura.

Hay tres tipos de individuos en el planeta:

  • Los individuos. Si aun no sabes si te están cibertorturando, eres uno de ellos.
  • Los individuos objetivos. Son las víctimas de cibertortura.
  • Los perpetradores. Es una especie de estructura piramidal que va desde el vecino colindante hasta las más altas esferas.

Para quien es individuo y comienza a pasarle, la cibertortura es:

  • increible (no de alucinante, sino de -por ejemplo- cómo es posible que pueda existir esta tecnología y la tenga esta gente),
  • imposible (porque pasa, porque no deja pasar, porque quieres que no pase pero sigue pasando)

Para quien es individuo y una víctima le está contando lo que lee stá pasando:

  • Nada de lo que está oyendo tiene ninguna credibilidad > Se lo tiene que estar inventando > Está mal de la cabeza > Este tiene un brote sicótico (DIAGNÓSTICO AUTOMÁTICO de quien no es ni médico ni titulado, realizado en un santiamén. ¡¡¡BRAVO!!!)

El Capítulo 18 del libro Bright light on black shadows (Brillante luz sobre sombras negras) de la Dra. Rauni-Leena Luukanen Kilde es un manual secreto destinado a este tipo de pandillas de acoso comunitario que obtuvo de una fuente que no reveló y publicó de estranjis en su libro. Pero se enteraron. Y el día anterior a su publicación coincidentemente, falleció.

El libro es muy difícil de obtener. No ha sido traducido al castellano. Pero ese capítulo se extendió como la pólvora al ser un manual que copió, y metió en ese capítulo, su intención fue justamente esa.

Las víctimas de cibertortura decimos incansablemente que nos vigilan todo el tiempo, las 24 horas del día, todos los días del año. En el manual de este libro se instruye justamente a esto:

  • “Más allá de la vigilancia activa, los agentes realizan actos para mantener al objetivo incómodo, las 24 horas del día.” [1. GENERAL]
  • ”[..] las operaciones se llevan a cabo las 24 horas del día, los 7 días de la semana en turnos, [..]” [8. EL HOGAR DEL OBJETIVO]

Capítulo 18. Brillante luz sobre negras sombras.

El CNI.

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  • Última modificación: 2026/02/01 12:16
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