5 Dudas
¿Existen la cibertortura y el acoso comunitario?
Negar la existencia de la cibertortura y el acoso comunitario es ignorar la evolución técnica de la coerción estatal y paraestatal. Mi argumento se basa en tres pilares irrefutables: la obsolescencia del rastro físico, la capacidad técnica actual y el reconocimiento institucional.
Primero, la tortura ha mutado. En el siglo XXI, el control no se ejerce mediante la rotura de huesos, sino mediante la desintegración del psiquismo. La ausencia de marcas físicas no es prueba de ausencia de crimen, sino prueba de la sofisticación del criminal. Como bien señala el informe de la ONU, la prohibición de la tortura es “tecnológicamente neutra”: el daño es el mismo si se causa con un electrochoque que con una campaña de privación de sueño y hostigamiento coordinado vía señales digitales.
Segundo, la tecnología para ejecutar esto existe y es comercialmente accesible. Estamos en la era del Big Data y la vigilancia ubicua. Negar que redes de mensajería, dispositivos IoT y técnicas de guerra psicológica (psyops) puedan usarse para el control social es de una ingenuidad peligrosa. Si los gobiernos han admitido el uso de spyware como Pegasus para infiltrar la vida privada de civiles, es un paso lógico y documentado el uso de esas mismas redes para coordinar el entorno físico de un objetivo.
Finalmente, el propio informe A/HRC/43/49 no es un ejercicio de ciencia ficción; es una respuesta a denuncias consistentes y globales que comparten un patrón idéntico. La “negabilidad plausible” es precisamente la arquitectura del sistema: está diseñado para que la víctima parezca paranoica ante un observador externo. Sin embargo, cuando el patrón es sistémico, repetitivo y utiliza recursos estatales o comunitarios, deja de ser una percepción subjetiva para convertirse en un hecho objetivo de persecución política y social. La realidad de la cibertortura no se mide por la visibilidad del arma, sino por la aniquilación sistemática de la voluntad de la víctima.