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     * Artículo 9.3 La Constitución garantiza el **principio de legalidad**, la [[jerarquía normativa]], la **publicidad de las normas**, la **irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales**, la **seguridad jurídica**, la **responsabilidad** y la **interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos**.     * Artículo 9.3 La Constitución garantiza el **principio de legalidad**, la [[jerarquía normativa]], la **publicidad de las normas**, la **irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales**, la **seguridad jurídica**, la **responsabilidad** y la **interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos**.
     * TÍTULO I DE LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES     * TÍTULO I DE LOS DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES
-    * Artículo 10.1.  La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del [[orden político]] y de la [[paz social]].+    * Artículo 10.1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del [[orden político]] y de la [[paz social]]
 +    * Artículo 10.2 Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España 
 +    * Capítulo segundo. Derechos y libertades. 
 +    * Artículo 14. Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. 
 +    * Sección 1ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas. 
 +    * Artículo 15. <color white/black>//Todos tienen derecho a la vida y a la INTEGRIDAD FÍSICA Y MORAL, <color white/red>__SIN QUE EN NINGÚN CASO__</color>, PUEDAN SER SOMETIDOS A TORTURA NI A PENAS O TRATOS INHUMANOS O DEGRADANTES//</color>. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
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